Patria Potestad y Guarda y Custodia

Hoy desde Tamara López Abogado, vamos a tratar la cuestión de qué es y en qué se diferencia la denominada patria potestad de la guarda y custodia.

Por norma general, estos términos son desconocidos para el ciudadano de a pie volviéndose importantes cuando nos encontramos en un proceso de divorcio con menores a nuestro cargo puesto que ambos términos tienden a confundirse.

1.- ¿Qué es la patria potestad?

Se trata del conjunto de derechos y obligaciones que los padres tienen con sus hijos, es decir, todo aquello que un menor necesita para su completo desarrollo ya que no puede procurarse por sí mismo aspectos como educación, alimentos, protección, etc.

Ésta por norma general, salvo en casos muy excepcionales, recae sobre ambos progenitores de manera conjunta.

La misma expira con la mayoría de edad de los hijos y cuando además tengan capacidad para cuidarse por sí mismos.

Los casos excepcionales en los que se puede perder la patria potestad los trataremos en otro artículo si estáis interesados en ello.

2.- ¿Qué es la guarda y custodia?

La guarda y custodia la ostenta la persona que se hará cargo del menor, es decir, el progenitor con el que los hijos vivan, les cuide y les asista.

Explicándolo llanamente, quien se encargará de llevar a los menores al colegio, al médico, vigilar su higiene, etc.

Debe de tenerse en cuenta que el progenitor que no ostente la guarda y custodia tiene derecho a decidir sobre cualquier cuestión relativa al menor puesto que no se le está privando de ese derecho.

La guarda y custodia puede ser exclusiva (sólo la ostente un progenitor) o compartida (la tengan ambos progenitores por períodos alternos que se han de regular).

A modo de resumen, la patria potestad se refiere a la representación general de los hijos mientras que la guarda y custodia se centra en la convivencia habitual con ellos.

Si quiere consultar cualquier duda o encargarnos algún asunto no dude en contactarnos en el email tamara@tamaralopezabogado.com o en el teléfono 661.115.965.

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